A través de la resolución 2162 del 13 de Noviembre de 2020 se subroga la resolución 1129 del 20 de mayo de 2020 y sus modificaciones que definieron la metodología del calculo de la disminución en ingresos de los beneficiarios del programa de apoyo al empleo formal PAEF, los plazos de postulación, los mecanismos de dispersión y otras disposiciones.
Autor: Harold Andrés García – Contador Público Especialista en Auditoria, Riesgos y Finanzas Corporativas.
Director General en HG AudiConsultores.
Perfil Linkedin: https://www.linkedin.com/in/harold-andres-magister-en-finanzas
En este articulo podrás:
- Conocer las ultimas modificaciones al programa PAEF.
- Repasar cuales son los valores del subsidio de nomina PAEF.
- Enterarte de los requisitos y las fechas en las que se presentan las postulaciones al subsidio de nomina PAEF.
El ministerio de hacienda y crédito publico transferirá a los beneficiarios del programa PAEF un aporte estatal que corresponderá al numero de empleados multiplicado por el 40% de un (1) SMLMV, equivalente a trescientos cincuenta y un mil pesos ($351.000) para el año 2020, salvo los siguientes eventos:
- Si las personas vinculadas al empleador por el correspondiente contrato laboral corresponden a mujeres, el valor del aporte estatal será equivalente a el numero de empleadas multiplicado por el 50% de un (1) SMLMV, equivalente a cuatrocientos treinta y nueve mil pesos ($439.000) para el año 2020.
- Si los postulantes al programa se encuentran clasificados desde el 6 de mayo de 2020, dentro de las actividades del CIIU Rev4 A.C del DANE (Ver detalle de actividades en resolución) como actividad principal, la cuantía del aporte estatal que reciban corresponderá al numero de empleadas multiplicado por el 50% de un (1) SMLMV, equivalente a cuatrocientos treinta y nueve mil pesos ($439.000) para el año 2020. Dichas actividades contemplan entre otros: alojamiento en hoteles, alojamiento en centros vacacionales, actividades de camping, expendio de comidas preparadas en cafeterías y autoservicios, agencias de viajes, actividades de bibliotecas y archivos, creación literaria, musical, teatral y audiovisual, espectáculos musicales en vivo, parques de atracciones, jardines botánicos, zoológicos y reservas naturales, clubes deportivos y actividades de suerte y azar.
"El monto del aporte estatal aplicable para las postulaciones de los meses de enero, febrero y marzo de 2021previstos en la ley 2060 de 2020, se actualizaran conforme al SMLMV de dicho año, teniendo en cuenta los porcentajes descritos en este calculo"
Fechas de postulación y requisitos según el Manual Operativo PAEF y la circular externa 005 de la UGPP
Las empresas podrán radicar las postulaciones de los meses
de septiembre, octubre y noviembre 2020, para lo cual deberán
diligenciar un formulario por cada mes y cumplir con los
requisitos del programa en cada postulación.
Fecha postulación: desde el jueves 19 noviembre hasta el jueves 26 de noviembre 2020.
Los postulantes al PAEF deberán coordinar con su entidad financiera,
en las fechas descritas arriba y diligenciar y entregar los siguientes formatos y documentos:
- Formulario de postulación estandarizado firmado por el representante legal en el cual se manifiesta bajo gravedad de juramento la intención de ser beneficiario del programa PAEF.
- Certificación firmada por la Persona Natural Empleadora o Representante Legal y Revisor Fiscal/Contador (si aplica), indicando (esta información quedó incorporada en formulario que para el efecto se dispuso la UGPP y se expone a manera informativa):
- Caída de al menos el 20% de sus ingresos, demostrando explícitamente cuál de las dos opciones es la aplicable: Opción 1. Mes inmediatamente anterior al de la postulación en comparación con el mismo mes del año anterior (ej: septiembre 2019 vs septiembre 2020). Opción 2. Promedio de ingresos de enero y febrero de 2020 en comparación con el mes previo a la solicitud.
- Que los empleados sobre los cuales se reciba el aporte efectivamente recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, los beneficiaros de la postulación de los meses de septiembre, octubre y noviembre pagarán, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de los recursos, las obligaciones laborales adeudadas de las nóminas de los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2020, si existieran. Esta excepción aplica únicamente para los pagos que se realizarán en el mes de diciembre de 2020.
- Copia RUT. Esales, Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana, consorcios y uniones temporales deben anexarlo.
En el formulario de postulación se deben diligenciar los números de planilla integrada de liquidación de aportes así:
- Planilla del periodo de agosto 2020 : Para la solicitud de septiembre 2020.
- Planilla del periodo de septiembre 2020 : Para la solicitud de octubre 2020.
- Planilla del periodo de octubre 2020 : Para la solicitud de noviembre 2020.
Ver mayor detalle del procedimiento para postulación al beneficio PAEF en el blog "SUBSIDIO DE NOMINA DEL GOBIERNO" que encontraras en esta pagina.
Fuente de información:
- Resolución 2162 del 13 de Noviembre de 2020.
- Manual Operativo PAEF (postulaciones de septiembre, octubre y noviembre 2020).
- Circular externa 005 de 2020 de la UGPP.
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